DOCUMENTOS RELATIVOS A MATRIMONIOS
Se recuerda que todo trámite consular es PRESENCIAL y PERSONAL
Es importante que se tome el tiempo para leer en qué consiste el trámite que realizará y los requisitos que debe presentar al momento que se presente a su cita. En caso de no contar con esta documentación, no se le podrá atender.
Los pagos se realizan el día de su cita. Si usted desea realizar el pago en efectivo, le daremos las instrucciones para realizar el depósito en el banco, o en el consulado se puede realizar con tarjeta de débito o crédito.
Documento oficial en el que consta que la persona tiene la capacidad de contraer matrimonio.
Documento oficial donde consta que una persona va a contraer matrimonio con otra.
Documento oficial que prueba que se ha realizado el matrimonio en España.
Documento oficial que prueba que un matrimonio realizado en España ha sido disuelto.
Documento oficial en el que se acredita que el futuro contrayente no está casado.
Documento oficial en el que consta que la persona tiene la capacidad de contraer matrimonio.
Documento oficial donde consta que una persona va a contraer matrimonio con otra.
Documento oficial que prueba que un matrimonio ha sido resuelto ante terceros.
Documento oficial en el que se acredita que el futuro contrayente no está casado.